Curso de Gestión de Fincas y Comunidades de Propietarios

Especialízate en Gestión de Fincas y Comunidades de Propietarios con enfoque profesional


- Aportar al alumno las competencias necesarias para llevar a cabo la gestión de comunidades.
- Prepararse para ejercer como administrador de comunidades de propietarios.
- Gestionar la comunidad legal, fiscal y económicamente.
- Gestionar el mantenimiento de edificios e instalaciones.

Características del curso
Precio Consultar con el centro
Modalidad Online
Duración 200 horas
Titulación Una vez finalizada la formación, el alumno obtiene la titulación propia de la Escuela.
Tutor personal A tu disposición para dudas y seguimiento
Evaluación continua Ejercicios prácticos a lo largo del curso
Posibilidad de financiación

Módulo 1. Administración de comunidades de propietarios. Legislación.

Tema 1. Características Generales y Ámbito de Aplicación.
1.1. Nacimiento de la propiedad horizontal.
1.2. Aplicación de la Ley de propiedad horizontal.

Tema 2. Constitución de la Comunidad de Propietarios.
2.1. Régimen de la propiedad por pisos o locales.
2.2. La acción de división.
2.3. El Título constitutivo.
2.4. El Reglamento de régimen interior.

Tema 3. Elementos Privativos y Comunes.
3.1. Obras, elementos comunes y privativos. Actividades prohibidas.
3.2. La división, agrupación, segregación y agregación de pisos y locales.

Tema 4. Derechos y Obligaciones de los Propietarios.
4.1. Obligaciones de los propietarios.

Tema 5. Obras y Actividades.
5.1. Realización de obras por parte de la comunidad.
5.2. Obras: nuevas instalaciones, servicios y mejoras.
5.3. Obras: construcciones de nuevas plantas o alteraciones del edificio.

Tema 6. Órganos de Gobierno de la Comunidad.
6.1. Órganos de gobierno de la comunidad.

Tema 7. La Junta de Propietarios.
7.1. Funciones de la Junta de propietarios.
7.2. Asistencia y votaciones en Junta.
7.3. Convocatoria de las Juntas.

Tema 8. Acuerdos de la Junta de Propietarios.
8.1. Normas para los acuerdos de la Junta de propietarios.
8.2. Impugnación de los acuerdos.
8.3. El libro de actas.

Tema 9. Responsabilidad de la Comunidad de Propietarios.
9.1. Obligaciones del administrador.
9.2. Procedimiento ante las obligaciones.
9.3. Deudas de la comunidad de propietarios.

Tema 10. Extinción y Tratamientos Registrales.
10.1. Extinción del régimen de la propiedad horizontal.
10.2. Complejos inmobiliarios.
10.3. Constitución del fondo de reserva.
10.4. Los elementos comunes y la inscripción registral.
10.5. Los procesos anteriores.
10.6. Derogaciones y vigencia de la ley.


Módulo 2. Arrendamientos urbanos.
2.1. Ámbito de la ley de arrendamiento de viviendas.
2.2. Los arrendamientos de viviendas.
2.3. Duración del contrato.
2.4. La renta.
2.5. Los derechos y obligaciones de las partes.
2.6. Suspensión, resolución y extinción del contrato.
2.7. Arrendamientos para uso distinto del de viviendas.
2.8. La fianza y formalización del arrendamiento.
2.9. Régimen en VPO y contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985.

Módulo 3. Fiscalidad inmobiliaria.
3.1. Introducción a la fiscalidad inmobiliaria.
3.2. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
3.3. Impuesto sobre el Valor Añadido.
3.4. Impuesto sobre el Patrimonio.
3.5. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
3.6. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
3.7. Otros impuestos y tributos: IBI.
3.8. Otros impuestos y tributos: IIVTNU.

Módulo 4. Contabilidad para gestores de fincas.
4.1. Introducción a la contabilidad.
4.2. Estructura económica y financiera de la comunidad.
4.3. El método contable.
4.4. El resultado.
4.5. El ciclo contable.
4.6. El marco conceptual de la contabilidad.

Módulo 5. Organización de reuniones.

- Trabajar en una gestoría, asesoría o administración de fincas.
- Gestión y asesoramiento en una administración de fincas.
- Crear tu propia empresa como gestor de fincas.

No son necesarios requisitos previos.

Preguntas frecuentes

¿Qué funciones realiza a diario un gestor de comunidades de propietarios?

Gestiona el régimen ordinario del inmueble, ejecuta acuerdos, atiende conservación y reparaciones urgentes, prepara el plan de gastos y, si así lo acuerda la junta, ejerce secretaría y custodia documental. Todo ello se ampara en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), especialmente el artículo 20.

¿Es obligatorio estar inscrito en el Colegio de Administradores de Fincas para ejercer?

No existe obligación estatal de colegiarse para administrar comunidades. La LPH permite que la junta designe a un propietario o a un profesional externo sin exigir colegiación. Ahora bien, solo quien está colegiado puede usar la denominación profesional de administrador de fincas colegiado y acceder a ventajas como formación acreditada y póliza de responsabilidad civil del colegio.

¿Qué requisitos formativos se piden para ejercer como gestor de fincas?

La ley no impone una titulación concreta, pero el mercado exige formación específica en LPH, contabilidad de comunidades, RGPD y contratación de servicios. Es muy valorada la colegiación (que suele requerir titulación o formación acreditada y seguro de responsabilidad civil) y la experiencia demostrable en juntas, actas, morosidad y mantenimiento.

¿Cómo debe convocarse una junta de propietarios correctamente?

La convoca el presidente o, en su defecto, propietarios que representen al menos el 25 por ciento de propietarios o cuotas. La citación ha de incluir orden del día, lugar, fecha y hora en primera y segunda convocatoria, respetando plazos y medios de notificación previstos en el artículo 16 de la LPH.

¿Qué es el fondo de reserva y cuál es su cuantía mínima?

Es obligatorio y no puede ser inferior al 10 por ciento del último presupuesto ordinario. Se destina a obras de conservación, reparación, seguros y contratos de mantenimiento. Su regulación se encuentra en el artículo 9.1 f) LPH.

¿Qué competencias tiene la junta de propietarios en el día a día?

Aprueba presupuestos y cuentas, adopta acuerdos sobre obras, nombra y remueve cargos, puede modificar estatutos y normas de régimen interior, y resuelve reclamaciones sobre la actuación de los órganos de gobierno. Lo establece el artículo 14 de la LPH.

¿Qué obligaciones en protección de datos tiene la administración de la comunidad?

Debe tratar datos con base jurídica clara, informar a propietarios y proveedores, limitar acceso a quien corresponda, custodiar libro de actas y expedientes con medidas de seguridad y fijar plazos de conservación. La comunidad es responsable del tratamiento y el administrador suele actuar como encargado, conforme al RGPD y la LOPDGDD.

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