
La nómina es un instrumento jurídico, contable y de Seguridad Social de primer orden. No solo acredita el pago del salario, sino que articula la relación entre empresa, trabajador, Hacienda y Seguridad Social. El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece la obligación empresarial de documentar el salario mediante un recibo individual, con liquidación y pago puntuales y por periodos no superiores a un mes.
La experiencia de la Inspección de Trabajo y de la doctrina laboralista muestra que los errores en nómina son una fuente recurrente de conflictos y sanciones: impagos parciales, infracotizaciones, utilización incorrecta de complementos o clasificación profesional inadecuada, entre otros.
El objetivo de este artículo es identificar los errores más habituales, explicar sus consecuencias económicas y legales y ofrecer criterios para evitarlos mediante un sistema de nóminas bien diseñado.
La nómina como documento jurídico y sus exigencias mínimas
El recibo de salarios cumple varias funciones: acredita el pago, detalla la estructura retributiva y sirve de base para las cotizaciones a la Seguridad Social y para el cálculo del IRPF. La normativa exige que incluya, al menos, los siguientes elementos:
– Datos identificativos de empresa y trabajador.
– Periodo de liquidación.
– Desglose de percepciones salariales y extrasalariales.
– Deducciones (cotizaciones, IRPF, embargos, anticipos).
– Líquido a percibir.
La falta de entrega de la nómina o su entrega defectuosa se considera infracción administrativa en el orden social.
Errores frecuentes en las nóminas
1) Clasificación profesional incorrecta
Uno de los errores más habituales consiste en asignar al trabajador una categoría o grupo profesional inferior al que realmente corresponde a las funciones desempeñadas. Ello tiene un doble efecto:
– El salario base puede situarse por debajo de lo previsto en el convenio colectivo.
– La base de cotización puede ser inferior a la debida, generando infracotización.
Esta práctica puede constituir infracción grave por establecer condiciones salariales inferiores a las legalmente fijadas.
2) Salarios por debajo de convenio o del SMI
Otro error frecuente es abonar un salario que no alcanza las tablas salariales del convenio aplicable o que vulnera el salario mínimo interprofesional (SMI). Se trata de un supuesto típico de infracción grave en materia salarial y puede dar lugar, además, a reclamaciones individuales de cantidad por parte de los trabajadores.
3) Horas extraordinarias mal tratadas
La omisión del registro horario, la compensación de horas extras como “bolsa de horas” sin reflejo en nómina o el pago de cantidades globales sin identificación de horas extraordinarias son prácticas que la Inspección de Trabajo sanciona de forma reiterada.
Además, el impago o pago inferior al debido de las horas extras constituye un incumplimiento salarial que puede calificarse como grave o muy grave en función de su reiteración.
4) Cotización inferior a la debida (infracotización)
La infracotización puede producirse por varias vías:
– Declaración de jornadas parciales ficticias (se trabaja a tiempo completo, pero se cotiza a tiempo parcial).
– Exclusión indebida de determinados conceptos retributivos de la base de cotización (por ejemplo, pluses mal calificados como extrasalariales).
– Uso de bases de cotización inferiores a las establecidas para el grupo profesional correspondiente.
Las consecuencias incluyen liquidaciones complementarias de cuotas, recargos e intereses, además de sanciones administrativas.
5) Calificación incorrecta de conceptos salariales y extrasalariales
Es frecuente que determinados conceptos (dietas, plus de transporte, ayudas de comida, etc.) se utilicen como vía de ahorro de cotizaciones e IRPF, calificándolos como extrasalariales cuando, en realidad, retribuyen trabajo ordinario.
La calificación errónea puede conllevar:
– Regularización de cotizaciones por inclusión retroactiva en la base.
– Reajuste de retenciones de IRPF.
– Sanciones por infracotización y por consignar importes incorrectos en el recibo de salarios.
6) Errores en la aplicación del IRPF
Otro foco habitual de problemas es la determinación del tipo de retención:
– No tener en cuenta la situación familiar, el grado de discapacidad o la existencia de varios pagadores.
– No regularizar el tipo cuando varía la retribución (comisiones, variables, ascensos).
Estos errores generan diferencias en el IRPF del trabajador, que puede verse obligado a ingresar más en su declaración anual, con el consiguiente conflicto. También pueden derivar en requerimientos de la Agencia Tributaria si la empresa ha retenido por debajo de lo debido.
7) Retrasos en el pago y falta de entrega de la nómina
El artículo 29 ET exige que la liquidación y el pago sean puntuales y documentales; el impago o retraso reiterado de salarios se califica como infracción muy grave y puede acarrear sanciones significativas.
Además, la falta de entrega del recibo salarial o la entrega sin los requisitos mínimos se tipifica también como infracción.
Consecuencias económicas y sancionadoras de los errores en nómina
1) Reclamaciones salariales e intereses de demora
El trabajador puede reclamar las diferencias salariales derivadas de errores en nómina con un plazo de prescripción de un año. Si se acredita la existencia de cantidades pendientes de pago, la empresa deberá abonar no solo el principal, sino también el interés por mora del 10 % anual previsto en el artículo 29 ET.
Cuando se trata de impago o retrasos reiterados, además de la reclamación de cantidad puede plantearse la extinción indemnizada del contrato a instancia del trabajador.
2) Sanciones administrativas (LISOS)
La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) tipifica diversos incumplimientos en materia salarial y de Seguridad Social, con multas que, actualizadas para 2025, se sitúan en los siguientes rangos orientativos:
– Infracciones leves: entre 70 y 750 euros.
– Infracciones graves: entre 751 y 7.500 euros (por ejemplo, salarios inferiores a convenio, falta de consignación correcta en el recibo, infracotización).
– Infracciones muy graves: desde 7.501 hasta 225.018 euros (impago de salarios o retrasos reiterados, situaciones de fraude grave).
En caso de infracotización, la Tesorería General de la Seguridad Social puede exigir el pago retroactivo de las cuotas, aplicando recargos e intereses.
3) Impacto reputacional y organizativo
Más allá de las sanciones, los errores en nómina deterioran la confianza interna, incrementan la conflictividad laboral y consumen recursos de gestión (reclamaciones, comparecencias ante la Inspección, procedimientos judiciales). Desde una perspectiva de gestión empresarial, constituyen un factor de riesgo que puede y debe controlarse.
Cómo evitar errores con un sistema de nóminas bien diseñado
La prevención de errores en nómina exige combinar herramientas tecnológicas adecuadas con procedimientos internos robustos y formación técnica.
1) Diseño de un circuito de información fiable
En primer lugar, el sistema de nóminas debe apoyarse en un flujo de información coherente:
– Datos de personal actualizados (categoría, grupo profesional, jornada, tipo de contrato, convenio aplicado).
– Registro de jornada fiable, especialmente relevante para trabajadores a tiempo parcial y para el cómputo de horas extraordinarias.
– Información sobre variaciones mensuales (incentivos, variables, guardias, pluses de disponibilidad, etc.).
La falta de integración entre recursos humanos, control horario y nóminas es origen de muchos errores.
2) Selección de un software de nóminas actualizado
El uso de un programa de nóminas no garantiza por sí mismo la corrección, pero sí puede reducir notablemente los errores si reúne ciertas características:
– Actualización normativa automática (tablas de cotización, SMI, cambios en tipos de IRPF, parámetros de convenios).
– Configuración flexible de convenios colectivos y de su estructura salarial.
– Controles de coherencia (alertas ante salarios por debajo de convenio, bases de cotización por debajo de mínimos, etc.).
– Integración con sistemas de registro horario y con contabilidad.
La ausencia de actualización normativa en el software es un origen clásico de errores acumulados durante varios ejercicios.
3) Procedimientos de revisión y control interno
Es recomendable implantar una revisión sistemática de las nóminas antes de su cierre mensual:
– Comparación de nóminas de un mes a otro para detectar variaciones injustificadas.
– Verificación de que todos los conceptos retributivos reflejan correctamente los acuerdos individuales y lo establecido en el convenio.
– Revisión específica de los casos “sensibles”: trabajadores con jornada parcial, contratos temporales, cambios de categoría, salarios próximos al SMI o al mínimo de convenio.
En empresas de cierto tamaño, resulta aconsejable establecer una segregación de funciones: quien introduce los datos no debería ser la misma persona que autoriza el cierre y el pago.
4) Formación continua de personal de RRHH y asesoría
La normativa laboral y de Seguridad Social se modifica con frecuencia (actualizaciones de SMI, cambios en bases de cotización, nuevos criterios de Inspección de Trabajo, etc.).
Por ello, es imprescindible:
– Mantener un plan de formación continua para el personal que gestiona nóminas.
– Revisar periódicamente los criterios interpretativos, circulares y guías de la Inspección de Trabajo.
– Contrastar dudas complejas con especialistas externos (asesorías, despachos).
5) Auditorías periódicas de nóminas
Finalmente, una buena práctica consiste en realizar auditorías internas o externas de nóminas con periodicidad anual o bianual. Estas auditorías permiten:
– Detectar patrones de infracotización o de salarios por debajo de convenio.
– Verificar la correcta aplicación de convenios, acuerdos y pactos.
– Simular el enfoque de una inspección y anticipar posibles contingencias.
Conclusión
La gestión de nóminas no es una tarea meramente administrativa, sino un ámbito con un elevado contenido jurídico y económico. Los errores, incluso cuando son involuntarios, pueden desembocar en reclamaciones salariales, regularizaciones de cuotas y sanciones significativas.
Desde esta perspectiva, invertir en un buen sistema de nóminas no es un coste accesorio, sino una medida esencial de prevención de riesgos laborales y económicos para la empresa.
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